PRIMERO: La culpabilidad del ciudadano ELVIS GABRIEL PERDOMO SALCEDO, titular de la Cedula de Identidad N° V. (...), por la comisión del delito de (...), previsto y sancionado en el artículo 45 PRIMER APARTE de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ADOLESCENTE de quien se omite identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.
SEGUNDO: de conformidad con lo establecido en la ley respecto a la imposición de penas, las cuales consagran para el delito de (...), previsto y sancionado en el artículo 45 PRIMER APARTE de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, una pena de DOS A SEIS AÑOS DE PRISION; conforme al artículo 37 del Código Penal el término medio de pena aplicable para tal delito es CUATRO AÑOS, y dado que el acusado de actas hizo uso del procedimiento especial de admisión de los hechos, y conf.....