PRIMERO: Sin Lugar la solicitud de la Defensa Técnica de revisión de medida en la presente causa respecto de los ciudadanos DOUGLAS ALIRIO SIRA HERNANDEZ, (...) y JOSE DAVID AGUIRRE SILVA, (...), por cuanto no han variado las circunstancias que dieron lugar a la imposición de la medida cautelar de Detención Domiciliaria decretada en contra de dicho ciudadano en fecha 20 de Mayo de 2013, en la audiencia de calificación de flagrancia donde le fue imputado los delitos de UNO DE LOS DELITOS PREVISTOS Y SANCIONADOS EN LA LEY ESPECIAL, ..
SEGUNDO: Se mantiene la medida cautelar de Detención Domiciliaria, respecto del ciudadano UNO DE LOS DELITOS PREVISTOS Y SANCIONADOS EN LA LEY ESPECIAL.
TERCERO: Notifíquese a la defensa técnica, de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la sede de este Despacho en fecha 12 de Enero de 2015. Regístrese, Publíquese y Cúmplase.-
La Jueza de Juicio Nº 01
Abg. Neddibell Giménez Jiménez
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-S-2013-2877