PRIMERO: CONDENA al ciudadano DEMETRIO ENRIQUE GODOY HERNANDEZ, titular de la Cedula de Identidad V- (...), por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA, previsto y sancionado en el Artículo 39 Y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Nereida Coromoto Mejías Bravo, cédula de Identidad N° (...), a cumplir la pena UN (01) AÑO y DIEZ (10) MESES DE PRISION.
SEGUNDO: Se CONFIRMAN las medidas de protección y seguridad establecidas en los numerales: 5° y 6° del artículo 87 de la Ley especial de Género, referida a: 5° Prohibir al presunto agresor el acercamiento a la mujer agredida, en consecuencia no podrá acercarse al lugar de trabajo, de estudio y residencia de la mujer agredida, 6° La prohibición de ejercer por si mismo o a través de terceras personas actos de persecución, intimidación o acoso en contra de la víctima y de sus familiares de la Ley Especial de Género. -
TERCERO: Se ORDENA al ciud.....