En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA la medida cautelar sustitutiva de libertad que le fuere decretada en fecha 19 de abril de 2006 por el Juzgado Octavo de Control de este Circuito Judicial Penal, consistente en la presentación periódica ante el Tribunal de Control cada quince (15) días, conforme a lo dispuesto en el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia DECRETAR LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, del ciudadano JOSÉ MIGUEL CASTILLO NELO, portador de la cédula de identidad Nº V- 22.189.845, domiciliado en la Urbanización La Carucieña, sector 2, avenida 2, casa Nº 45, a dos cuadras de la Panadería Pollipan, por incumplimiento de la medida de la cual goza.....