En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero en funciones de Control, Audiencias y Medidas Nro. 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: en virtud de informe por parte de la UTASP que riela en el Folio 99 del Presente asunto, de conformidad con el articulo 45 y 48 ordinal 7º del código orgánico procesal penal, decreta el SOBRESEIMIENTO del presente asunto a favor de los ciudadanos: YORMAN DADANIN YAJURE; titular de la cédula de identidad V ¿ 14.979.472 y JHONNY JAVIER YAJURE CHIRINOS; titular de la cédula de identidad V ¿ 13.268769, por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en el artículo 39 y 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia. SEGUNDO: En consecuencia proceden los efectos cont.....