Por todos los razonamiento de hecho y de derecho antes descritos, este TRIBUNAL DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO Y SUS EFECTOS a favor del ciudadano: MANFRE PASTOR TORRES RODRIGUEZ, titular de la Cedula de Identidad Nº 7.466.099, según acta de defunción certificada Nro. 0083-01, asentada en los libros de registro de defunciones llevados por el Centro de Salud del Hospital Placido Daniel Rodríguez Rivero, del Municipio San Felipe, del Estado Yaracuy, de conformidad con los artículos 318 numeral 3°, 319 y 49 numeral 1° todos del Código Orgánico Procesal Penal.