En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: PRIMERO: Vista la Admisión de los Hechos realizada por el Acusado y al cual todas las partes estuvieron de acuerdos se Declara CULPABLE, al ciudadano: LUIS ALBERTO RODRÍGUEZ GARCIA, titular de la cedula de identidad N° (...),. SEGUNDO: En consecuencia se condena a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS, (07) SIETE MESES y las accesorias de ley previstas en el artículo 66 numerales 2, relativa a la inhabilitación política; 3, relativa a la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, desde que está termine, la cual se cumplirá ante la primera autoridad civil del municipio donde reside. TERCERO: No Se condena en Costas Procésal.....