En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Declara INCULPABLE, al ciudadano Rodríguez Pedro Javier, portador de la cedula de identidad N° 11.697.692, estado civil casado, fecha de nacimiento 30-10-1970, de 41 años de edad, hijo de Carmen Josefina de Rodríguez, de profesión u oficio, Electricista, grado de instrucción TSU en fabricación, domiciliado barrio la greda, calle Chiquinquirá, casa 13-06. Carora-Estado Lara. Teléfono: 0416-7511618(numero telefónico de su esposa), de la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: En consecuencia se dicta SENTENCIA ABSOLUTORIA d.....