En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Función de Control, Audiencias y Medidas N° 01, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: Se ordena la reanudación del presente proceso de conformidad con lo dispuesto en el articulo 46 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal y en virtud de la admisión de los hechos realizada por el acusado para a dictar sentencia condenatoria de conformidad con el articulo 376 Ejusdem. SEGUNDO: Declara CULPABLE al ciudadano LUIS ARTURO BREUKER ACOSTA, VENEZOLANO, Titular de la Cedula de Identidad Nº (...), , de la comisión del delito de AMENAZA y VIOLENCIA FISICA, tipificado en el artículo 41 y 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana NAYIBE JOSEFINA HERNANDEZ GONZALEZ, cedula de Identidad N° (...). TERCERO: Se CONDE.....