DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Justicia de Género, de Control, Audiencias y Medidas Nº 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA Con lugar la aprehensión en flagrancia del ciudadano JOSE MANUEL CAMACARO ESCOBAR (MANUEL RAMON), cédula de identidad N° 19.686.830 (NO PORTA), por encontrarse llenos los extremos previstos en el artículo 93 de la Ley Orgánica que rige la materia; SEGUNDA: Se Declara la continuación del presente Asunto por el Procedimiento Ordinario Especial previsto en el Art. 94 y siguientes de la mencionada Ley en concordancia con los lapsos establecidos en el Art. 79 del a ley especial; TERCERO: Se imponen las medidas de seguridad y protección contenidas en los ordinales 5º y 6º de la Ley Orgánica Especial; CUARTO: Se impone la medida cautelar sustitutiva de la privativa judicial de libertad, prevista en el ordinal 7 del articul.....