Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Violencia contra la Mujer, en funciones de Control, Audiencia y Medidas número 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: DECRETA: el cese de cualquier medida cautelar o de protección y seguridad que haya sido impuesta por la autoridad competente al ciudadano JORGE RAÚL CUICAS SUÁREZ, con cédula de identidad número V.-5.251.043, residenciado en Calle 49, entre carreras 21 y 22, casa número 21-31, cerca del Banco Provincial, Barquisimeto, estado Lara, a los fines de salvaguardar la vida, la integridad física, psíquica, emocional o patrimonial de la mujer, así como su condición de imputado, en virtud de haberse decretado a su favor ARCHIVO FISCAL, por parte de la Fiscalía encargada de la investigación de los hechos denunciados. Regístrese, Publíquese y Notifíquese.
EL JUEZ DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS Nº 01
ABGOGADO MARCO ANTONIO .....