Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, Decide:
PRIMERO: Se ADMITE PARCIALMENTE la acusación presentada por el Ministerio Público, en contra del ciudadano JUAN CARLOS ANGULO, titular de la Cédula de Identidad Nº (...)previsto y sancionado en el artículo 43 en su tercer aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con la circunstancia establecida en el artículo 99 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana adolescente de 12 años de edad (Se omite la identidad de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).
SEGUNDO: Se admiten PARCIALMENTE las pruebas promovidas por el Ministerio Público por ser útiles, legal.....