DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Justicia de Género, de Control, Audiencias y Medidas Nº 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA. DECRETA: con lugar la solicitud de la Fiscalía Primera del Ministerio Público conforme a lo establecido en el artículo 79 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por lo cual se otorga la prorroga por el lapso de noventa (90) días, para continuar con las investigaciones en la presente Causa, a los fines de presentar el correspondiente acto conclusivo. Cúmplase. Regístrese, Publíquese y Notifíquese a las partes de la presente decisión.-
LA JUEZA DE CONTROL. AUDIENCIAS Y MEDIDAS Nº 1
ABG. NATALY GONZÁLEZ PÁEZ
LA SECRETARIA
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