Tomando en consideración todo lo expuesto precedentemente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Con lugar la demanda de Divorcio incoada por la ciudadana Rosangel Florisel Tua, ya identificada, contra el ciudadano Dixon Omar Castro Fernández, ya identificado, en consecuencia, se disuelve el vinculo conyugal contraído en fecha veintitrés (23) de mayo de 1992, ante la Secretaría de la Municipalidad de Carora, municipio Torres del estado Lara, cuya acta de matrimonio se encuentra inserta bajo el Nº 09.