Con fundamento a lo precedentemente expuesto y con base a las normativas de la ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: con lugar, la demanda de extinción de Obligación de Manutención, presentada por el ciudadano Yonny José Chávez Meléndez, ya identificado, contra los ciudadanos Giovanni Jhovanni y Pierina Betania D´Ambrosio Leal, ya identificados. En consecuencia, queda extinguida la obligación de manutención ordenada en la sentencia, asimismo, quedan extinguidas las retenciones de las cantidades de dinero, conforme a los porcentajes ordenados en la sentencia, por concepto de los beneficios de utilidades o bonificación de fin de año y de las prestaciones sociales en caso de despido o retiro, del organismo empleador. Igualmente, se ordena que una.....