Se Autoriza a dicha ciudadana para que traslade a su hermana la niña (omitido articulo 65 LOPNNA), a la ciudad de Maracaibo, estado Zulia, Consejo Siruma, municipio Miranda del Estado Zulia, con su hermana, con fines de vacaciones quien la reingresará a la Casa Hogar María Goretti de esta ciudad de Carora, el día primero (01) de septiembre del presente año.