Con fundamento en todo lo precedentemente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes del Estado Lara, declara con lugar la demanda de impugnación de paternidad intentada por el ciudadano Jhon Carias Díaz Fernández, ya identificado, en relación a la niña (omitido artículo 65 LOPNNA) en contra de los ciudadanos Julia Marina Morillo Dorantes y Willian José Adán, ya identificados. En consecuencia, se suprime la filiación paterna de la niña con respecto al ciudadano Willian José Adán, y se ordena asentar su verdadera filiación paterna con relación al ciudadano Jhon Carias Díaz Fernández. Se advierte que una vez que esta sentencia haya adquirido el carácter de definitivamente firme, la niña llevará los apellidos del padre y de la madre, es decir se llamará (omitido artículo 65 LOPNNA). Asimismo, conforme con la norma del artículo 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 3 d.....