Tomando en consideración todo lo expuesto precedentemente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Con lugar la demanda de Divorcio incoada por el ciudadano Carlos Andrés Figueroa Suárez, ya identificado, en contra de la ciudadana Odaliz Del Carmen Montes, ya identificada, en consecuencia se disuelve el vinculo conyugal contraído en fecha catorce (14) de abril de 1988 ante la Jefatura Civil de la Parroquia Camacaro en aquel entonces, actualmente Registro Civil de la Parroquia Camacaro, cuya acta de matrimonio se encuentra inserta bajo el Nº 05, folio 11.
En cuanto a las Instituciones Familiares, como Patria Potestad, Custodia, Convivencia Familiar y Obligación de Manutención, se dictan de la siguiente manera:
La Patria Potestad sobre la adolescen.....