Tomando en consideración todo lo expuesto precedentemente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, declara: con lugar la demanda de Acción Mero Declarativa de Concubinato incoada por la ciudadana Dorys Josefina Montero, ya identificada, en contra de los niños (omitido articulo 65 LOPNNA) y del adolescente (omitido articulo 65 LOPNNA). En consecuencia, se declara a la ciudadana Dorys Josefina Montero, concubina del causante Juan Bautista Verde Torres, quien en vida fue titular de la cédula de identidad Nº 10.765.709, desde el diecinueve (19) de junio del año 2007 hasta el día de la muerte del causante acaecida el día veinte (20) de abril del año 2009.