En consecuencia, en pro de la filiación verdadera, y garantizando al niño su derecho a llevar su verdadera identidad y ser cuidado por su padre real, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, extensión Carora, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Con Lugar la demanda de Impugnación de Reconocimiento de Paternidad incoada por el ciudadano Víctor Alexis Bruguera Silva, ya identificado, en relación al niño (omitido articulo 65 LOPNNA) contra los ciudadanos Leida María Verde González y Darwin Antonio Sánchez Sánchez, ya identificados. En consecuencia, se suprime la filiación paterna del niño con respecto al ciudadano Darwin Antonio Sánchez Sánchez y se ordena asentar su verdadera filiación paterna con relación al ciudadano Víctor Alexis Bruguera Silva. Se advierte, que una vez que esta sentencia haya adquirido el carácter de definitivamente firm.....