Este Juzgado observa:
Por cuanto en fecha 04 de noviembre de 2016, este Juzgado dictó sentencia de Ofrecimiento de Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar signada bajo el N°497-2016, este juzgado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede a Homologar el acuerdo suscrito entre los ciudadanos Luciano De Jesús Aranguren Martínez y Yulimar Dos Santos Orellana, ya identificados, quedando establecido de la siguiente manera: El ciudadano Luciano De Jesús Aranguren Martínez, ya identificado continuara cancelando la Obligación de Manutención fijada en fecha 04 de noviembre de 2016, en la cantidad de veinte mil bolívares (20.000,oo. Bs.) mensuales, mas el cincuenta por ciento (50%) de los demás gastos de vestido, educación, transporte, medicinas, médicos, uniformes, útiles escolares, gastos navideños y demás gastos, etc. Equivalentemente, la ciudadana Yulimar Dos Santos Orellana, ya identificada deberá informar al ciudadano Lucia.....