DECISIÒN
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley declara: Con lugar la solicitud de Divorcio, presentada por la ciudadana Yesika Elizabeth López González, en contra del ciudadano Pedro Lorenzo Lago Escobar, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal contraído ante el Registro Civil de la Parroquia Chiquinquira, del Municipio Torres del Estado Lara, en fecha 09 de octubre de 1996. El acta de matrimonio se encuentra extendida en uno de los libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por esa autoridad bajo el Nº 104. El Divorcio no libera a los padres de las obligaciones para con sus hijos, asimismo, se c.....