Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de apelación ejercido por el abogado Aroldo Antonio Piña, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 138.762 y formalizado por el abogado Víctor Hugo Mendoza Cabrera, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 58881, en sus condiciones de representantes judiciales del recurrente, contra el auto de fecha 15 de marzo de 2017, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara.