En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano LUIS ALBERTO ANZOLA PALMA, parte demandada recurrente, contra la sentencia dictada en fecha 20 de julio de 2009, en el juicio de Obligación de Manutención que sigue la ciudadana EZBELT SORALI BUENO SILVA; todos plenamente identificados. En consecuencia, queda confirmado el fallo apelado.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior del Circuito Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los diecinueve (19) días del mes de marzo del año 2010. Años: 199º de la Independenc.....