Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PERECIDO el recurso de apelación ejercido por la ciudadana LILIANA ROSAYRA MOLINA ARRIECHE, venezolana mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-18.275.326 contra el auto de fecha nueve (09) de marzo de 2017, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Barquisimeto.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo de este Juzgado. Cúmplase.