Por las consideraciones anteriores este Juzgado Superior del Circuito Judicial del Circuito Judicial de Protección de Niños. Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por el ciudadano JOSE EMERITO PARRA TIMAURE, contra la sentencia de fecha la sentencia publicada en fecha 12 de junio de 2015, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Estado Lara. En consecuencia, se revoca el referido fallo y se declara CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO DE UNION ESTABLE DE HECHO incoada por el ciudadano JOSE EMERITO PARRA TIMAURE contra la ciudadana ALMA ROSA JULIO DIAZ, y se declara la existencia de la Unión Estable de Hecho entre los referidos ciudadanos desde el año 1986 hasta el mes de marzo de 2.....