Por las consideraciones anteriores, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDA; la recusación propuesta por el abogado JOSE ABRAHAM, inscrito en el Inpreabogado bajo el nº 131.343, actuando en representación del ciudadano HEMBERT VICENTE REYES ROBERTI, titular de la cedula de identidad N° 15.444.476, contra la abogada ANDREINA MARGARITA MARRELLI PALENCIA, Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En consecuencia, de conformidad con el artículo 42 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se le impone al referido ciudadano la multa de diez unidades tributarias (10 UT), pagaderos en cualquier oficina receptora de Fondos Nacionales para su ingreso en la Tesorería.....