En fuerza de las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el Recurso de Nulidad interpuesto por la abogada Wesley Soto López, inscrita en el Inpreabogado bajo el nº. 133.732, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil KRAFT FOODS VENEZUELA C.A, contra la Certificación Medica Nro. 041/14 del 10 de febrero de 2014, emitida por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.
Regístrese y publíquese.