Este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, el recurso de apelación, incoado por la ciudadana MARIA AUXILIADORA PÉREZ SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.571.157, debidamente asistida por el abogado MARCO ANTONIO GUILLEN APOSTOL inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 90.470, contra de la decisión de fecha veintiocho (28) de julio de 2017, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Barquisimeto.
En consecuencia: Se revoca la sentencia de fecha veintiocho (28) de julio de 2017, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Inst.....