En consecuencia este Juzgado Segundo de Primera de Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara ¿ Extensión El Tocuyo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: INADMISIBLE, la solicitud de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la ciudadana MARÍA ANASTACIA PEREZ PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.466.221, de profesión agricultora, domiciliada en el caserío Yacambú, Parroquia Yacambú, Municipio Andrés Eloy Blanco del estado Lara, contra el ciudadano PEDRO SEGUNDO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.459.474.
No se hace pronunciamiento sobre las costas por la naturaleza de la decisión.
Publíquese y Regístrese y expídanse las copias de Ley.