DISPOSITIVO
PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN POSESORIA AGRARIA, intentada por el ciudadano JUAN JOSE CANELON SIVIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 16.240.521., respectivamente, domiciliado en el Caserío La Laguna, Parroquia Humocaro Alto, Municipio Moran del estado Lara, parte demandante, en contra de los ciudadanos EDITA DEL CARMEN CANELON E IBOR JOSE CANELON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.125.595 y 7.443.127, respectivamente, el primero domiciliado en el Caserío La Mesa sector Laguna Abajo, calle Real de la Parroquia Humocaro Alto, Municipio Moran del estado Lara.
SEGUNDO: En virtud de la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas a la parte demandada.
TERCERO: En virtud que la presente decisión fue dictada fuera del lapso establecido, se ordena notificar a las partes de la presente a los fines de que ejerzan los recursos de Ley.-