Por las razones expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda incoada por el ciudadano RAMÓN GÓMEZ ROJAS, contra empresa mercantil CORPORACIÓN TEKPARU C. A. así se decide. Notifíquese al ciudadano Ramón Julián Gómez Rojas, antes identificado de esta decisión.