Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara la CONFESIÓN FICTA de los ciudadanos LUIS ALBERTO COLOMBO Y YORMA JOSEFINA SOTO.
SEGUNDO: CON LUGAR la ACCIÓN POSESORIA AGRARIA POR PERTURBACION intentada por RAFAEL RAMON AROYO, en contra de los ciudadanos LUIS ALBERTO COLOMBO Y YORMA JOSEFINA SOTO y se ordena que cese cualquier tipo de acciones dirigidas a perturbar las actividades agrícolas ejercidas por el demandante.-