En virtud de los razonamientos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA lo siguiente:
PRIMERO: Se DECLARA COMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer de la tramitación de la presente solicitud.
De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase por Secretaría, para su archivo, copia fotostática certificada de la presente decisión. Publíquese y Regístrese.
En fecha catorce (14) del mes de mayo del dos mil diez (2.010).
Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
La Jueza Provisoria,
Abg. María Mascarell Santiago
La Secretaria,
Abg. Ninfa Hernández
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las ocho (08:23:00), de la mañana.
La Secretaria,
Abg. Ninfa Hernández.
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