Siendo la oportunidad legal para el siguiente pronunciamiento, conforme lo establece el artículo 237 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la DEMANDA POR ACCIÓN POSESORIA intentada por el ciudadano MIGUEL ANGEL CENTENO BAZAN, en contra el ciudadano JOSÉ ANTERO RODRIGUEZ SEQUERA, SEGUNDO: Se ordena oficiar acompañando de copia certificada del extenso de la presente decisión al Instituto Nacional de Tierras para instarle que de manera inmediata inicie los procedimientos administrativos previstos en la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario, a que hubiere lugar a los fines de la reubicación del ciudadano: JOSÉ ANTERO RODRIGUEZ SEQUERA, tomándolo como sujeto preferente de adjudicación en un lote de terreno de vocación agraria y cuya extensión no sea me.....