Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se declara Con Lugar la demanda; en consecuencia se ordena a las co-demandadas al Ministerio de Poder Popular para la Defensa por intermedio del Sexto Cuerpo de Ingenieros ferroviarios G/J ANTONIO JOSE DE SUCRE adscrito y a la Fundación Propatria 2.000, adscrita al Ministerio del Poder Popular para las obras publicas y viviendas, a pagar a los actores FLORANGEL PERNALETA, MARIA DEL CARMEN SEIJO, JOSE DARIO DAVILA, MARITZA PRIETO y DAYSI ALDANA, titulares de las cedulas de identidad Nº V-12.703.796, V-12.332.430, V-12.776.875, V-15.230.587 y V-15.776.540, respectivamente, los conceptos y las cantidades que serán determinadas en la forma indicada en la motiva del presente f.....