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Decisiones del dia 18/09/2008

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Tercero de Juicio del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-L-2007-1844 N° Sentencia : Fecha: 18/09/2008
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
JEAN MANUEL RODRÍGUEZ & TASCA POOL CANAIMA, C.A., SOCIEDAD MERCANTIL INSCRITA POR ANTE EL REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO LARA, BAJO EL NRO. 27, TOMO 234-A, EN FECHA 04 DE DICIEMBRE DE 1996.
Resumen:
En mérito de lo anteriormente expuesto, esta Juzgadora en ejercicio de la función jurisdiccional conferida, con la finalidad de hacer efectiva una justicia accesible, imparcial, transparente, responsable, expedita, autónoma y equitativa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, declara PRIMERO: Parcialmente con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales interpuesta por el ciudadano JEAN MANUEL RODRÍGUEZ contra la sociedad mercantil demandada TASCA POOL CANAIMA, C.A. conforme se declaró en la parte motiva de esta decisión que se da aquí por reproducido. SEGUNDO: No se condena en costas por el vencimiento parcial.
Juez/Ponente:
Nathaly Yaquelin Alviarez Vivas
Organo:
Juzgado Tercero de Juicio del Trabajo
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N° Expediente : KHOL-X-2007-01 N° Sentencia : Fecha: 18/09/2008
Procedimiento:
Medida Cautelar
Partes:
CIRILO PACHECO, RAIZA MENDOZA, GISELA ZANOTTO, CARLOS LATIE GUE, RUBEN HURTADO, YARITZA ZANOTTO Y JULIO PERDOMO & OPTICA GAGO Y SOLIDARIAMENTE GAGO TODO PARA SU OPTICA, C.A. (GATOPSOCA).
Resumen:
PRIMERO: Levantar la medida cautelar de prohibición de enajenar y gravar que pesa sobre inmueble propiedad de la demandada con fundamento en que la causa terminó por transacción que fue cumplida y debidamente homologada por este tribunal. SEGUNDO: Se ordena oficiar al Registro Inmobiliario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara a fin de notificarle que en esta misma fecha se levantó la MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRABAR sobre el bien inmueble protocolizado en fecha 01 de Diciembre de 1975, anotado bajo el N° 39, folios 209 al 217 vto, Protocolo Primero, Tomo 14. Dicho inmueble esta constituido por un edificio y el Terreno propio donde esta edificado, ubicado en la avenida 20 entre avenida 5 de julio y calle 31, en Jurisdicción del Municipio Concepción, Distrito Iribarren, Estado Lara. El Terreno sobre el cual se encuentra edificado el Edificio mide trece metros con diecisiete centímetros (13,17 mtrs), de frente por sesenta y cinco metros (.....
Juez/Ponente:
Nathaly Yaquelin Alviarez Vivas
Organo:
Juzgado Tercero de Juicio del Trabajo
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