PRIMERO: Con lugar la solicitud de calificación de despido y se condena a la demandada a la reincorporación de la trabajadora a su puesto de trabajo en las condiciones señaladas en la parte motiva de ésta sentencia, que se da aquí por reproducida.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas porque la demandada goza de las prerrogativas procesales del Artículo 12 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.