En mérito de lo anteriormente expuesto, esta juzgadora en ejercicio de la función jurisdiccional conferida, con la finalidad de hacer efectiva una justicia accesible, imparcial, transparente, responsable, expedita, autónoma y equitativa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, declara:
PRIMERO: Sin Lugar la prescripción de las pretensiones alegada por la demandada, en virtud de los razonamientos expuestos en la parte motiva de esta decisión que se dan aquí por reproducidos.
SEGUNDO: Se declara parcialmente con lugar la demanda intentada por el ciudadano LUIS ALFONZO RUIZ BAUTISTA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 7.412.549 contra Sociedad Mercantil TECNICA MILHEN C.A.
TERCERO: No hay condenatoria por el vencimiento parcial de esta decisión.-