En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confieren la Ley y el derecho declara:
PRIMERO: Con lugar la demanda incoada por el actor RUBEN DARIO GIL LEON contra la empresa CAL SARARE, C.A, y se condena a la parte demandada a pagar la prestación antigüedad y sus intereses; utilidades vencidas y fraccionadas; bono vacacional vencidos y fraccionados; vacaciones vencidas y fraccionadas; indemnización por despido injustificado, y beneficio de alimentación así como la indexación y los intereses moratorios de las cantidades condenadas las cuales se ordenaron cuantificar por experticia complementaria del fallo que se ordeno a tal fin.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada por resultar totalmente vencida, conforme lo dispuesto en el Artícu.....