PRIMERO: Aclarada y corregida la parte dispositiva de la sentencia definitiva dictada por este Juzgado en fecha 07 de marzo del 2023, conforme al Artículo 252 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la República conforme lo establecido en el Artículo 98 del Decreto Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
TERCERO: No se condena en costas por las características del fallo.