Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: HOMOLOGAR el acuerdo celebrado entre el ciudadano RAFAEL ANIBAL SUAREZ, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 5.099.425 y la demandada VIGILANTES INDUSTRIALES BARQUISIMETO C.A (VIBARCA), otorgándole el carácter de cosa juzgada.
SEGUNDO: No hay condena en costas por la naturaleza de ésta decisión.-