Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECLARA:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO CONTENTIVO DE LA ACCION DE NULIDAD, contra la Providencia Administrativa Nº 01773, de fecha 02 de noviembre de 2010, dictada por la Inspectoría del Trabajo sede "Pío Tamayo" en el expediente administrativo Nº 005-2010-01-01138, donde ordena el reenganche y pago de salarios caídos de la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES PERDOMO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 18.421.480.
SEGUNDO: No hay condenatorias en costa en razón de las prorrogativas del demandante.
TERCERO: Se ordena notificar de ésta decisión a la Procuraduría General de la República, al Inspector del Trabajo que dictó la providencia administrativa y .....