Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: SE ORDENA a ENERGIA ELECTRICA DE BARQUISIMETO (ENELBAR), FILIAL DE LA CORPORACION ELECTRICA NACIONAL, acatar y dar cumplimiento a la Providencia Administrativa Nº 1327, de fecha 29 de octubre de 2010, emanada de la Inspectoría del Trabajo "Pedro Pascual Abarca", en el Estado Lara, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos del ciudadano FRANCISCO JOSE RODRIGUEZ LATOUCHE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.839.209.
SEGUNDO: SE ORDENA que dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes se proceda a dar cumplimiento a la orden de reenganche en las mismas condiciones en las cuales se venía .....