Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: SE ORDENA al Concejo Local de Planificación Pública, ente adscrito a la Alcaldía del Municipio Palavecino del Estado Lara, acatar y dar cumplimiento a la Providencia Administrativa Nro. 0978, de fecha 31 de agosto de 2009, dictada por la Inspectoría del Trabajo "Pio Tamayo" sede del Estado Lara, mediante la cual se declaró Con Lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos de los ciudadanos CARMEN ROSARIO GONZALEZ PEREZ y OSCAR ORLANDO BECERRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 9.614.616 y 4.636.276
SEGUNDO: SE ORDENA que dentro de los diez (10) días hábiles siguientes se proceda a dar cumplimiento a la orden de reenganc.....