En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confieren la Ley y el derecho declara:
PRIMERO: Sin lugar la demanda incoada por la ciudadana JOVITA LOURDES GONZALEZ RIVAS, venezolanas, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.198.357 contra ASOCIACION DAMAS SALESIANAS "CENTRO PADRE VIGANO".
SEGUNDO: No se condena en costas porque la actora devengó durante la relación menos de tres salarios mínimos.-