Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado que el Juzgado Superior Primero del Trabajo notifique la decisión a la Procuraduría General del Estado Lara de conformidad con los artículos 97 y 98 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.