Hoy 17 de diciembre del 2007, siendo las 10:00 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, es anunciada la misma por el Alguacil JEAN LEONARDO TUA; quien señala que la parte actora ciudadana REIMA MERCEDES PEROZO PARGAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° 15.307.122, no compareció ni por si, ni por medio de representante legal alguno. Por la demandada comparece su apoderada MIRIAM ROJAS ALVARADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 104.105; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese y Regístrese la presente Decisión. Años 197° Y 148