En virtud de lo anterior, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por autoridad de la Ley y nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por la ciudadana ELYMAR YORNELA CRESPO, titular de la cedula de identidad Nº 17.504.729 y de este domicilio, contra la Sociedad Mercantil CONEXIÓN WAP C.A, inscrita en el registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En fecha 09 de octubre del 2000, bajo el Nº 33, tomo 36-A y con domicilio en la ciudad de Barquisimeto estado Lara. En consecuencia se condena a la demandada a pagar por los conceptos condenados, los cuales se dan acá por reproducidos, más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo e indexación.