Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 18 de febrero de 2009.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada, en consecuencia se condena solidariamente a la empresa Azucarera Río Turbio C. A y Agropecuaria 1903, a pagar a los actores Prestación por Antigüedad, bono vacacional, utilidades y beneficio de alimentación, intereses sobre prestaciones, intereses moratorios e indexación judicial, para lo cual se ordena una experticia complementaria del fallo, en los términos establecidos en la parte motiva de esta decisión.
TERCERO: No hay condenatoria en Costas, dada la naturaleza del fallo
CUARTO: Se MODIFICA la Sen.....